Certificado de defunción

Cómo pedirlo y para qué sirve

El certificado de defunción es el documento del Registro Civil que acredita oficialmente el fallecimiento de una persona. Es gratuito y puede pedirlo cualquier persona que conozca los datos del fallecido, sobre todo en la sede electrónica del Ministerio de Justicia: con Cl@ve o certificado digital se descarga en PDF al momento, y sin ellos llega por correo en unos 10-15 días. Es el papel que te pedirán casi todos los organismos, así que conviene pedir varias copias de una vez.

Última actualización: 2 de noviembre de 2026.

Qué es el certificado de defunción

Es la prueba legal de que una persona ha fallecido. Lo expide el Registro Civil a partir de la inscripción de la defunción, que se hace tras el certificado médico que firma el médico que constata el fallecimiento.

Conviene no confundirlo con otros dos documentos que suenan parecido:

  • Certificado médico de defunción: lo firma el médico y sirve para inscribir el fallecimiento. No es el que te pedirán después en bancos o notarías.
  • Certificado de últimas voluntades: indica si el fallecido hizo testamento. Es un trámite distinto, que solo puede pedirse pasados 15 días hábiles del fallecimiento.

Para qué sirve

Lo necesitarás para casi cualquier gestión posterior, entre ellas:

  • Solicitar el certificado de últimas voluntades y el de seguros de cobertura por fallecimiento.
  • Tramitar la pensión de viudedad u orfandad y comunicar el fallecimiento a la Seguridad Social.
  • Informar al banco y desbloquear las cuentas o los productos del fallecido.
  • Cobrar seguros de vida o de decesos.
  • Pedir la copia del testamento en notaría o iniciar la declaración de herederos.
  • Presentar el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal.
  • Cambiar la titularidad de inmuebles, vehículos y suministros.

Tipos de certificado de defunción

Al solicitarlo tendrás que elegir el tipo. Es importante acertar, porque algunos organismos no aceptan todos.

TipoQué contieneCuándo usarlo
LiteralCopia completa de la inscripción de la defunciónEs el más habitual y el que suelen exigir bancos, notarías y administraciones
ExtractoResumen con los datos principalesPara trámites sencillos; algunos organismos lo rechazan
PlurilingüeVersión con formato multilingüePara trámites en el extranjero dentro de los países que lo admiten
NegativoAcredita que no consta inscrita la defunción de una personaCasos concretos, por ejemplo para probar que alguien no figura como fallecido

Si dudas, pide el literal: es el que tiene validez plena para cualquier gestión. Antes de solicitarlo, pregunta al organismo qué tipo te exige para no tener que repetir el trámite.

Quién puede pedirlo

Cualquier persona que conozca los datos necesarios puede solicitar el certificado, aunque no sea familiar ni heredero. Necesitarás el nombre del fallecido, la fecha y el lugar del fallecimiento y el Registro Civil donde se inscribió.

Cómo pedirlo paso a paso

1. Online con Cl@ve o certificado digital (la vía más rápida)

  1. Entra en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
  2. Busca el trámite de solicitud de certificados del Registro Civil de defunción.
  3. Identifícate con Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital.
  4. Indica los datos del fallecido, el Registro Civil y el tipo de certificado.
  5. Si la inscripción está digitalizada, descargas el PDF al momento, con código seguro de verificación.

2. Online sin identificación electrónica

Puedes hacerlo desde la misma sede, eligiendo la tramitación sin certificado digital. El certificado se envía por correo ordinario y suele tardar entre 10 y 15 días.

3. Presencialmente en el Registro Civil

Acude al Registro Civil donde se inscribió la defunción, normalmente con cita previa. Lleva tu DNI y los datos del fallecido. Si el registro lo tiene digitalizado, a veces te lo entregan en el momento.

4. Por correo postal

Puedes enviar la solicitud al Registro Civil correspondiente. Es la vía más lenta, pero válida si no puedes desplazarte.

Cuánto cuesta

Es gratuito, tanto en papel como en formato electrónico, si lo pides directamente al Registro Civil o en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

Cuidado con las webs privadas que cobran por tramitar la solicitud: ofrecen como un servicio de pago algo que puedes obtener gratis. Comprueba que la dirección termina en .gob.es antes de introducir tus datos.

Cuánto tarda

  • Con Cl@ve o certificado digital: inmediato si la inscripción está digitalizada.
  • Sin identificación electrónica: entre 10 y 15 días aproximadamente.
  • Presencial: depende del registro y de la cita; puede ser en el momento o en pocos días.

Los plazos varían según la carga del registro y de si la inscripción es reciente.

Cuántas copias pedir

Pide entre 3 y 5 copias literales desde el principio, porque te las pedirán en varios sitios a la vez: banco, aseguradoras, Seguridad Social, notaría y Hacienda. No cuestan nada y te ahorran semanas de espera.

Errores frecuentes

  1. Pedir el extracto cuando el organismo exige el literal y tener que repetir el trámite.
  2. Pagar a una web privada por un documento que es gratuito.
  3. No comprobar los datos (nombre, fecha, lugar) antes de enviar la solicitud, lo que provoca rechazos.
  4. Pedir una sola copia y quedarse sin documentos para el resto de gestiones.
  5. Confundirlo con el certificado de últimas voluntades, que se pide en otro momento y en otro organismo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo después del fallecimiento puedo pedirlo? Cuando la defunción esté inscrita en el Registro Civil, que suele ser en los primeros días. La funeraria o el hospital suelen encargarse de la inscripción.

¿Caduca el certificado de defunción? El certificado en sí no tiene una fecha de caducidad general, pero algunos organismos exigen que se haya expedido en los últimos meses. Pregunta en cada caso.

¿Necesito ser familiar para pedirlo? No. Basta con conocer los datos del fallecido.

¿Puedo pedirlo si el fallecimiento ocurrió en otra ciudad? Sí. Lo pides al Registro Civil donde se inscribió la defunción, y la solicitud online no exige desplazarte.

¿Es lo mismo que el certificado médico de defunción? No. El médico firma el certificado médico para poder inscribir el fallecimiento, y el Registro Civil expide después el certificado de defunción, que es el que te piden en los trámites.

¿Y si el fallecimiento ocurrió en el extranjero? Debe inscribirse en el Registro Civil español a través del consulado o con la documentación del país donde ocurrió. Después podrás pedir el certificado de la forma habitual.

Siguientes pasos tras obtenerlo

Con el certificado de defunción en la mano, ya puedes avanzar con el resto de trámites: pedir el certificado de últimas voluntades cuando pasen 15 días hábiles, comunicar el fallecimiento a la Seguridad Social y a las aseguradoras, y preparar la documentación de la herencia.

Si hay conflictos entre herederos, deudas o bienes en varias comunidades, un abogado especializado puede ahorrarte tiempo y errores.

Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico o fiscal. Los requisitos y plazos pueden variar según el Registro Civil y las circunstancias de cada caso.

Fuentes: sede electrónica del Ministerio de Justicia, Registro Civil y Seguridad Social.

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